Dar de alta un negocio ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el primer paso a la formalidad. Sin duda alguna, es una decisión muy acertada para hacer crecer tu negocio, que involucra deberes fiscales y diferentes beneficios. Sin embargo, dependiendo del régimen fiscal que administre la actividad, aplicaran requisitos, deberes y compromisos fiscales diferentes.
Por tanto, es importante definir, antes de darte de alta en el SAT, bajo qué régimen fiscal tributará tu negocio:
- Persona física con actividad empresarial. Personas que realizan actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas.
- Persona moral bajo régimen general. Aquí no existe la persona como individuo, sino que es un grupo de personas asociados para cumplir un fin común.
- Persona moral bajo régimen con fines no lucrativos. Estas no son consideradas sociedades mercantiles, sino que están constituidas sin fines de lucro. Es decir, una empresa que no persigue un beneficio económico, sino que tiene una finalidad social, humanista o comunitaria.
Posteriormente, puedes dar de alta tu negocio ante el SAT, en una oficina de Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente. Este trámite no tiene costo. Simplemente, solicita la cita a través del portal web del SAT o al número 01 800 463 6728.
Y, acude a la oficina administrativa con los siguientes documentos:
- CURP o acta de nacimiento del representante legal.
- Identificación oficial.
- Comprobante de domicilio fiscal.
- Acta constitutiva de la empresa y poder notarial.
Como persona física, también puedes hacerlo a través del portal oficial del SAT. Sigue la siguiente liga. Posteriormente:
- 1Ingresa con tu CURP.
- 2Captura los datos solicitados en el formulario.
- 3Confirma la información.
- 4Guarda e Imprime tu «Acuse único de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, que contiene la cédula de identificación fiscal y el código de barras bidimensional (QR)”.
También debes tramitar: tu e.firma, contraseña, registro a tu buzón tributario y Certificado de Sello Digital (CSD).