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¿Qué es el padrón de exportadores? ¿Cuánto tarda?

El padrón de exportadores consiste en un trámite obligatorio a realizar en México para quienes deseen exportar mercancías. Se trata de un documento esencial con el que debe contar la persona que desee convertirse en exportador.

En definitiva, este trámite sirve y es obligatorio para quienes deseen exportar mercancías, tales como:

  • Bebidas con contenido alcohólico (cerveza, tequila, vinos, bebidas alcohólicas destiladas (licores).
  • Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables.
  • Tabacos labrados como cigarros y puros.
  • Bebidas energizantes.
  • Minerales, tales como: hierro y sus concentrados, oro, plata, cobre, vidrio y aluminio.
  • Derivados del petróleo (plásticos, caucho, combustible).
  • Madera. 

Cualquier persona física o persona moral puede presentar la solicitud al momento en que desee realizar exportaciones. Este tramite no tiene costo alguno.

Para realizar la solicitud, simplemente debe seguir los siguientes pasos:

  • Estar dado de alta en el RFC.
  • Presentar la Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial.
  • Estar al corriente en las obligaciones fiscales.
  • Anexar los requisitos que le correspondan al sector solicitado (tipo de producto objeto de exportación). Se encuentran en el apartado “Modalidades”, ubicado en el portal oficial del SAT.
  • Entregar el formato y documentación en cualquier oficina del SAT.
  • Recibe tu comprobante de recepción del trámite solicitado.

Cuánto tarda el trámite asociado al padrón de exportadores

La solicitud de Inscripción en el Padrón de Exportadores Sectorial, será atendido en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Los cuales comenzarán a correr el día siguiente en que fue recibido el trámite.

Al momento de hacer la solicitud, se obtiene inmediatamente una copia de la solicitud con sello de recepción del trámite. Si la solicitud es rechazada, se debe subsanar aquellas inconsistencias que se señalen y presentar nuevamente la solicitud.

Para saber lo resultados, se debe ingresar a la página del SAT (www.sat.gob.mx). Luego al apartado de “Aduanas” y posteriormente a “Trámites y Autorizaciones”.