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¿Qué es un depósito fiscal y cómo funciona?

El régimen “depósito fiscal” es el acopio de mercancías de procedencia extranjera o nacional en almacenes generales de depósito. Estos depósitos fiscales deben estar autorizados por las autoridades aduaneras. Sus servicios están regulados por la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

El régimen de depósito fiscal se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior, así como las cuotas compensatorias. Los almacenes generales de depósito donde se mantengan las mercancías en depósito fiscal, deben cumplir con:

  • Es obligatorio destinar un espacio dentro del almacén para mantener aisladas las mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal. Que cumpla con las especificaciones establecidas por la Secretaría para ello.
  • El almacén debe contar con equipo de cómputo y de transmisión de datos que permita su enlace con el de la Secretaría.
  •  Los encargados del almacén deben llevar un registro permanente y simultáneo de todas las operaciones de mercancías en depósito fiscal.

Por otra parte, para destinar las mercancías al régimen de depósito fiscal será necesario el cumplimiento, en la aduana de despacho, de las regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables a este régimen, así como acompañar el pedimento con la carta de cupo.

La carta de cupo se expedirá por el almacén general de depósito o por el titular del local. Y, en ella debe consignarse los datos del agente o apoderado aduanal que promoverá el despacho. Luego de su expedición, se entenderá que las mercancías se encuentran bajo el régimen de depósito fiscal. Y, en consecuencia, bajo la custodia, conservación y responsabilidad del almacén general de depósito.

Este régimen permite a los particulares mantener almacenadas sus mercancías todo el tiempo que así lo consideren. Siempre y cuando, subsista el contrato de almacenaje y se pague por el servicio. Hasta el momento de elegir el régimen de importación/exportación específico de dichas mercancías.